ARTICULO 30º. REQUISITOS ADICIONALES PARA ALGUNOS TIPOS DE
SUBESTACIONES
30.1 Subestaciones de alta y extra alta tensión.
a. Deben ser construidas bajo estándares que garanticen tanto la seguridad como la confiabilidad.
b. La subestación debe estar provista de manuales de operación y mantenimientos, precisos que no den lugar a equivocaciones.
c. Deben medirse las tensiones de paso, contacto y transferidas, asegurando que no se exponga a riesgo a personas con tensiones por encima del umbral de soportabiliodad. La medida debe hacerse en las mallas de encerramiento y hasta un metro del lado externo.
30.2 Subestaciones de media tensión tipo interior o en edificaciones.
Para la seguridad de las personas y de los animales, se establecen los siguientes requisitos, adoptados de la norma IEC 62271-200. Adicionalmente, en este tipo de subestaciones, ya sea propiedad de OR, o usuarios finales y se debe tener en cuenta lo establecido en la sección 450 de la norma NTC 2050 primera revisión.
a. En toda edificación que requiera subestación, debe destinarse el espacio requerido de acuerdo al tipo de subestación y requerimientos de acuerdo a este reglamento.
b. En las subestaciones dentro de edificios, el local debe estar ubicado en un sitio de fácil acceso desde el exterior, localizado en áreas comunes, con medios apropiados que faciliten la entrada y salida de los equipos, con el fin de permitir al personal calificado las labores de mantenimiento, revisión e inspección.
c. Las subestaciones de distribución secundaria deben asegurar que una persona no pueda acceder a las partes vivas del sistema evitando que sobrepasen las distancias de seguridad propias de los niveles de tensión de cada aplicación en particular. La persona no puede acceder al contacto de la zona energizada ni tocándola de manera directa ni introduciendo objetos que lo puedan colocar en contacto con la línea.
d. Para prevenir accidentes por arcos internos, se deben cumplir los siguientes criterios:
- Las celdas deben permitir controlar los efectos de un arco (sobrepresión, esfuerzos mecánicos y térmicos), evacuando los gases hacia arriba, hacia los costados, hacia atrás o dos metros por encima del frente.
- Las puertas y tapas deben tener un seguro para permanecer cerradas.
- Las piezas susceptibles de desprenderse, tales como chapas o materiales aislantes, deben estar firmemente aseguradas.
- Cuando se presente un arco, no debe perforar partes externas accesibles, ni debe presentarse quemadura de los indicadores por gases calientes.
- Conexiones efectivas en el sistema de puesta a tierra.
e. Toda subestación alojada en cuartos deberá disponer del número y forma apropiada de salidas para evitar que un operador quede atrapado en caso de un accidente.
30.3 Subestaciones tipo poste.
Las subestaciones que tengan el transformador montado sobre postes, deberán cumplir los siguientes requisitos de montaje:
a. Se podrán aceptar subestaciones con transformador en poste, sin ningún tipo de encerramiento, siempre que no supere 250 kVA ni 800 kgf de peso. Los transformadores menores o iguales a 112,5 kVA y con un peso inferior a 600 kgf, se podrán instalar en un solo poste siempre que este tenga una resistencia de rotura no menor a 510 kgf, igualmente se podrán aceptar la instalación de transformador de potencia superior a 112,5 y menor o igual a 150 kVA con pesos menores a 700 Kgf en un solo poste con carga de ruptura no menor a 750 kgf. Los transformadores de capacidades superiores a 150 kVA deben montarse en estructuras tipo H. En instalaciones rurales, los transformadores menores o iguales a 25 kVA podrán instalarse en postes de madera, con resistencia de rotura menor a 510 Kgf, siempre y cuando se haga un análisis de esfuerzos y se garantice la estabilidad mecánica de la estructura.
b. Toda subestación tipo poste debe tener por lo menos en el lado primario del transformador protección contra sobrecorrientes y contra sobretensiones (DPS).
c. La capacidad máxima de los fusibles debe ser la establecida por un estudio de coordinación de protecciones y debe garantizar la adecuada protección del transformador y la desenergización del circuito en el evento que se requiera. Para lo cual el operador de red establecerá una tabla con los valores establecidos para estos fines y exigirá su cumplimiento.
d. El DPS debe instalarse en el camino de la corriente de impulso y lo más cerca posible de los bujes del transformador.
e. El transformador deberá tener el punto neutro y la carcasa solidamente conectados a tierra.
f. En la instalación se debe garantizar que se cumplan las distancias de seguridad que le apliquen, establecidas en el Artículo 13º de este Anexo General.
g. Los elementos de fijación del transformador deben soportar por lo menos 2,5 veces el peso de este.
h. Las conexiones en media tensión, deberán tener una forma y rigidez mecánica que no les permita moverse con el viento o vibraciones, de tal forma que las ponga en contacto con partes que no se deben energizar.
i. Con el fin garantizar la seguridad tanto del personal del OR, como del público en general, se deben cumplir los requisitos de puesta a tierra que le apliquen, establecidos en el Artículo 15° de este Anexo.
j. El DPS que protege el transformador debe instalarse cumpliendo la Figura 18.
30.4 Subestaciones tipo pedestal o tipo jardín.
En las subestaciones tipo pedestal o tipo jardín, cuando en condiciones normales de operación se prevea que la temperatura exterior del cubículo supere en 45 °C la temperatura ambiente, debe instalarse una barrera de protección para evitar quemaduras y colocar avisos que indiquen la existencia de una “superficie caliente”. Si el transformador posee una protección que garantice el corte o desenergización cuando exista una sobretemperatura, quedará eximido de dicha barrera.
30.5 Certificación de subestaciones para instalaciones de uso final.
Las subestaciones que no sean de uso general y que alimenten instalaciones de uso final, deberán demostrar la conformidad con el presente reglamento en conjunto con la instalación que alimente y la acometida hasta la frontera donde termine la red de uso general.
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